miércoles, 27 de mayo de 2009

DECLARACIÓN PÚBLICA DE AFDDEMONEDA

Nuestra agrupación de familiares de las víctimas del Palacio de La Moneda, hace llegar a través del presente medio, nuestra profunda molestia y sentir.

Como afectados de violaciones de derechos humanos, no podemos dejar de hacer presente nuestro malestar, ante lo que significa para nosotros, el centro del regimiento militar de Tacna.

Es un agravio a la memoria, de muchas de nuestras víctimas y afectados de violaciones de derechos humanos, que se pretenda lavar una imagen e historia, de los más graves delitos y hechos de violaciones de derechos humanos, cometidos precisamente por él ejercito de chile, en estos centros militares, donde sirvieron como centros de detenciones ilegales y donde se torturo a nuestros familiares del Palacio de la moneda.

TACNA

Para la gran mayoría, que son muchos afectados, los cuales estuvieron en este recinto, solo significa dolor y amargura, donde el mismo día 11 de septiembre fueron objeto de aberrantes hechos, los cuales violaron todos sus derechos humanos.

Para nuestros familiares de las víctimas del palacio de la moneda, representa el más crudo proceso de los hechos, donde cada ser querido fue torturado, golpeado y recibió el trato directo de los violadores de derechos humanos, donde más tarde fueron sacados en los camiones militares hacia Peldehue, donde se les ejecuto, dinamito y más tarde sus cuerpos fueron exhumados de forma ilegal y lanzados al mar.

HOY mientras se pretende dar esta inauguración de forma rimbombante, con tanta publicidad, tanto orgullo por parte de las fuerzas armadas deberían recordar estos hechos y más bien, sentir la vergüenza como fuerzas armadas, de lo que significa para los afectados de violaciones de derechos humanos, donde estos recintos fueron utilizados para ejercer todo tipo de actos en contra de los detenidos y que hoy en la realidad sus familiares esperan con gran dolor la identificació n de los FRAGMENTOS DE RESTOS de los detenidos del palacio de la moneda, los cuales fueron llevados a TACNA.

Es decir, conque moral se pretende realizar actos de memoria y homenaje, por parte de las fuerzas armadas, cuando se olvida estos hechos y junto a ello se ofende el dolor de muchos familiares, en espera de las identificaciones de los FRAGMENTOS DE RESTOS DE NUESTROS FAMILIARES.

lo mas grave e insultante es el hecho, que junto a ello, se trate de vincular lo que significa la verdad escondida del TACNA, junto al nombre de una de las víctimas del ejercito, el cual fue objeto de la política de exterminio, llevada a cabo por la dictadura militar.

Ambas situaciones donde hay víctimas de los procesos que nos marcaron como chilenos, merecen un mayor respeto hacia la memoria de estas víctimas Y el dolor de sus familias.

Si bien se tomo en cuenta el proceso de memoria y reconocimiento para quien fue, miembro de sus filas y en su calidad de víctima de los hechos, lo cual se respeta sobre todo a la familia directa, pero también debió tenerse presente la historia del lugar, los hechos ocurridos en este recinto y a los familiares afectados de violaciones de derechos humanos, los cuales nunca permitirían, que estos recintos sean inaugurados con tanto orgullo, con tanta intenciones de fondo, en donde se omite, olvida y se pretende además limpiar la pagina negra escrita con la sangre de nuestros detenidos ejecutados y desaparecidos del palacio de la moneda y de tantos afectados, que pasaron por este recinto militar.

Este hecho, solo nos confirma que no hay la voluntad política de asumir con verdad nuestra historia, nuestro pasado y procesos reales de memoria donde se tenga un respeto pleno por las víctimas de violaciones de derechos humanos y donde estos recintos en donde se violaron los derechos humanos, nunca mas sean utilizados por las fuerzas armadas, sino más bien pasen hacer parte de la recuperación de los lugares, donde se deben a los afectados en materia de violaciones de derechos humanos y junto a ello se creen centros para la memoria y cumplir, "el nunca mas se repitan estos hechos, en nuestra historia y nuestro pueblo".

Ese seria el mejor homenaje a muchas víctimas y no solo el fin, de realizar un proceso que dejara la amargura en el corazón de muchos familiares, que no podrán encontrar a sus seres queridos.

HONOR Y GLORIA ETERNA A LOS DETENIDOS DEL PALACIO DE LA MONEDA

SE DEBE RESPETO, VERDAD Y JUSTICIA

TACNA:

Llevaras siempre el significado real que tienes de un centro de detención, torturas y de violaciones de derechos humanos.

No habrá perdón ni olvido

ANTONIO AGUIRRE VASQUEZ - PRESENTE

MANUEL RAMON CASTRO Z. – PRESENTE

JOSE FREIRE MEDINA - PRESENTE

DANIEL ANTONIO GUTIERREZ AYALA - PRESENTE

ENRIQUE LELIO HUERTA CORVALAN - PRESENTE

OSCAR REINALDO LAGOS RIOS - PRESENTE

JULIO HERNAN MORENO PULGAR - PRESENTE

JUAN JOSE MONTIGLIO MURUA - PRESENTE

JORGE OSVALDO ORREGO GONZALEZ - PRESENTE

LUIS FERNANDO RODRIGUEZ RIQUELME – PRESENTE

JAIME GILSON SOTELO OJEDA - PRESENTE

JULIO FERNANDO TAPIA MARTINEZ - PRESENTE

HECTOR DANIEL URRUTIA MOLINA - PRESENTE

OSCAR ENRIQUE VALLADARES CAROCA - PRESENTE

JUAN ALEJANDRO VARGAS CONTRERAS - PRESENTE

OSCAR LUIS AVILES J. - PRESENTE

DANIEL ESCOBAR CRUZ - PRESENTE

ARSENIO POUPPIN OISSEL - PRESENTE

CLAUDIO JIMENO GRENDI - PRESENTE

ENRIQUE PARIS ROA - PRESENTE

SERGIO CONTRERAS - PRESENTE

EDUARDO PAREDES BARRIENTO - PRESENTE

HECTOR RICARDO PINCHEIRA MUÑEZ - PRESENTE

TODOS ELLOS DETENIDOS Y LLEVADOS A REGIMENTO TACNA.

EQUIPO MEDICO DEL PALACIO DE LA MONEDA, LLEVADOS A TACNA

- PRESENTE

EQUIPO DE INVESTIGACION DEL PALACIO DE LA MONEDA, LLEVADOS AL TACNA

–PRESENTE

AGRUPACIÓN DE FAMILIARES DE LOS DETENIDOS EJECUTADOS Y DESAPARECIDOS DEL EQUIPO DE SEGURIDAD PRESIDENCIAL DEL DOCTOR SALVADOR ALLENDE GOSSENS (GAP)

Presidenta Sra. Soledad Blanco. fono 08 -1221316




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martes, 26 de mayo de 2009

Establecen nuevas causales de derechos humanos para rever la sentencia de un juicio en Chile

Diario de la Cámara de Siputados

martes, 26 de mayo de 2009, 06:16 pm

La propuesta legal establece que la Corte Suprema podrá rever las sentencias dictadas a firme cuando aparezcan hechos establecidos en una resolución judicial que acrediten que la sentencia está basada en confesiones obtenidas bajo tortura.

De la misma forma, el proyecto (boletín 6491), que modifica el artículo 657 del Código de Procedimiento Penal, señala que el principal tribunal del país podrá rever una sentencia cuando esta haya sido dictada en contravención a obligaciones contraídas por el Estado de Chile, en virtud del derecho internacional consuetudinario, convencional, principios generales del derecho y las normas de jus cogens, es decir normas obligatorias para todos los países, en materia de crímenes de guerra o de lesa humanidad.

La moción fue presentada por los diputados Alejandro Sule (PRSD), Alfonso De Urresti (PS), Álvaro Escobar (Ind.), Marcos Espinosa PRSD), Ramón Farías (PPD), José Miguel Ortiz (DC) y Esteban Valenzuela (Ind.), y enviada para su estudio a la Comisión de Derechos Humanos.

Martes 26 de mayo de 2009



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miércoles, 6 de mayo de 2009

Aprueban ley que tipifica los crímenes de lesa humanidad y genocidio


http://www.camara.cl/prensa/noticias_detalle.aspx?prmid=35292

Publicado el 06 de mayo del 2009

La futura ley, originada en moción de senadores y aprobada por la Cámara con 93 votos afirmativos, define como crímenes de lesa humanidad a los actos cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, como una política del Estado o de sus agentes, de grupos armados organizados que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre algún territorio un control tal que les permita realizar operaciones militares, o de grupos organizados que detenten un poder de hecho tal que favorezca la impunidad de sus actos.

Respecto del genocidio, la normativa señala que comete este delito el que, con la intención de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial o religioso, en su calidad de tal, realice cualquiera de los siguientes actos:

- Matar a uno o más miembros del grupo;
- Causar a uno o más miembros del grupo un menoscabo grave en su salud física o mental;
- Someter al grupo a condiciones de existencia capaces de causar su destrucción física, total o parcial tales como la privación del acceso a alimentos o medicinas;
- Aplique medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo, o
- Traslade por fuerza a menores de 18 años del grupo a otro grupo, o se les impida regresar a aquél.

El proyecto de ley (Boletín 6406) quedó en condiciones de ser remitido al Gobierno para su promulgación.

Lesa humanidad

En tanto, la moción de diputados (Boletín 6422) que declara imprescriptibles y no susceptibles de ser amnistiados los delitos contra los derechos humanos, fue aprobada por 61 votos a favor, 31 en contra y 4 abstenciones.

El proyecto fue remitido al Senado a segundo trámite, aunque algunos diputados de oposición anunciaron que recurrirán al Tribunal Constitucional por cuanto el texto ingresó por la Cámara y fue aprobado con quórum de ley simple y no con el que correspondería, de quórum constitucional.

La moción dispone que no se podrán aplicar las normas sobre amnistía o prescripción cuando, según las reglas del derecho internacional, se refiera a hechos que configuren delitos de genocidio o crímenes de lesa humanidad o de guerra.

De esta manera se entienden comprendidos los tratados ratificados por Chile que se encuentran vigentes, así como las reglas en tratados o convenciones que englobe las obligaciones internacionales del Estado Chileno (por ejemplo; Pacto de Derechos Civiles y Políticos; y el Pacto de San José de Costa Rica). Asimismo, comprende los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional.

Por otro lado, la norma interpretativa dispone la inaplicabilidad de la denominada prescripción gradual de la pena o media prescripción establecida en el art. 103 del Código Penal, porque el Estado no puede ocupar en su propio beneficio estas garantías, cuando se trata de sancionar crímenes perpretados por sus agentes o particulares que actúan a nombre de éste, pues significaría una ampliación de sus actuaciones arbitrarias (delictivas), lo que es contrario al Estado de Derecho y el Derecho Internacional, señala en sus fundamentos el proyecto de ley que se votará en primer trámite constitucional.

Miércoles 6 de Mayo de 2009




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